Sentencia confirma traslados clandestinos a Uruguay de militantes del PCR
Mauricio Pérez, Brecha 4 sept 26
La Justicia argentina dispuso el procesamiento de cuatro militares de ese país por secuestro y tortura de un grupo de militantes del Partido Comunista Revolucionario de Uruguay en 1977. La causa reveló el traslado clandestino de presos políticos por el puente internacional de Salto Grande y los estrechos vínculos entre los servicios represivos de Salto y Concordia. Un militar uruguayo evitó ser juzgado por estos crímenes, tras ser declarado como «incapaz».
La detención de un grupo de militantes del Partido Comunista Revolucionario (PCR) en Argentina, en 1977, no pasó desapercibida en Uruguay. El Batallón de Infantería 7 de Salto recibió, casi en tiempo real, informes sobre lo que sucedía al otro lado del río Uruguay, en el Regimiento de Caballería de Tiradores Blindados 6 de Concordia (Entre Ríos). El trasvase de información –que incluía una copia de interrogatorios y una lista del material incautado
en allanamientos– suponía una parte de la estrecha vinculación entre ambas unidades militares, al influjo del Plan Cóndor (véase «Otro zarpazo del Cóndor», Brecha, 8-IV-22).
Días atrás, la jueza Analía Graciela Ramponi (subrogante del Juzgado Federal número 1 de Concepción del Uruguay) dispuso el procesamiento de los militares argentinos Juan Alemán, Jorge Enrique Echeverría, Miguel Ángel Galeano y Horacio Alberto Goris por detención ilegal y torturas de ese grupo de uruguayos militantes del PCR. La sentencia revela detalles precisos de la coordinación entre los servicios represivos de ambos países, así como el interés de los militares uruguayos en reforzar la persecución de la estructura del PCR en Argentina.
«De la prueba testimonial reunida surge […] que las víctimas fueron detenidas ilegalmente por fuerzas policiales y armadas argentinas, sometidas a interrogatorios bajo tormentos y abuso sexual, trasladadas a lugares clandestinos de detención, donde actuaron de manera coordinada agentes de la República Argentina y de la República Oriental del Uruguay, en el marco de operativos dirigidos a la persecución de personas vinculadas a organizaciones políticas, particularmente al PCR, prácticas que resultan compatibles con los mecanismos represivos transnacionales implementados en el contexto del Plan Cóndor», sostiene el fallo.
La causa comenzó tras una denuncia presentada en 2021 en Argentina –a través de un correo electrónico– por María Julia Suárez Méndez, víctima del operativo represivo. La denuncia indicaba que ella, su hermano Jesús Silverio Suárez Méndez, Eduardo Robatto y Luis Urrutia fueron detenidos el 3 de julio de 1977 en Concordia, trasladados a la Jefatura de Policía de esa ciudad y más tarde a diversos centros clandestinos de detención, donde fueron interrogados y torturados. María Julia, quien no formaba parte de la organización, fue abusada sexualmente, una práctica habitual de tortura contra las mujeres en los centros de detención de las dictaduras argentina y uruguaya.
La causa fue anexada al expediente por la desaparición de Jorge Emilio Papetti, un joven argentino estudiante de ciencias naturales, que realizaba el servicio militar obligatorio en el Ejército. Papetti desapareció el día 16 de marzo de 1977 en el Regimiento de Caballería 6 de Concordia; fue detenido mientras realizaba la guardia y torturado. En un intento de ocultar el crimen, el Ejército le informó a la familia que el joven se había fugado. La causa Papetti arrojó elementos claves para desentrañar la detención de los militantes del PCR.
En este marco, los testimonios recabados durante la indagatoria penal, liderada por la fiscal Josefina Minatta, revelaron que militares uruguayos –entre ellos, dos oficiales del S-2 (inteligencia) – viajaron hasta Concordia para participar del interrogatorio de los uruguayos detenidos, algunos de los cuales fueron, más tarde, trasladados en forma clandestina hacia Uruguay. Uno de esos militares no pudo ser extraditado ni declarar en la causa tras ser considerado como incapaz por la Justicia uruguaya.
DETENCIÓN ILEGAL
Ciudadanos uruguayos trabajaban como guincheros en Concordia y tuvieron diferencias con un cliente; este denunció la situación a la Policía, quien llegó al lugar y procedió a la detención de los trabajadores, entre ellos, Jesús Silverio Suárez Méndez. Eso ocurrió el 3 de julio de 1977. Un pedido de información librado por la jefatura determinó que este hombre estaba requerido por las autoridades uruguayas por integrar el comité central del PCR, una organización de tendencia maoísta ilegalizada en noviembre de 1973.
La identificación de Suárez Méndez alteró el eje del procedimiento. El trato hacia los uruguayos cambió drásticamente. En las horas posteriores fue detenida Brenda Levitz, cuñada de Jesús Silverio, junto con su hijo de 3 años y otros allegados al grupo, con o sin militancia política; el esposo de Levitz y hermano de Jesús Silverio, Luis Suárez Méndez, fue detenido en Uruguay junto con un ciudadano argentino y trasladado a Concordia. De la jefatura pasaron al regimiento, donde fueron torturados física y psicológicamente. Los apremios físicos consistían en golpes, plantones, submarino seco.
En la tardecita o noche «empezaron a aparecer» los militares uruguayos, reconstruye el fallo. La delegación oriental fue encabezada por el mayor Waldemar Tarigo, hoy fallecido, y el capitán Ramón Prudencio Barboza, quien oficiaba como S-2 en el Batallón de Infantería 7 de Salto. Los otros militares uruguayos que cruzaron el río no pudieron ser identificados; todos eran del batallón de Salto, presumiblemente, subalternos.
Los interrogatorios comenzaron a centrarse en el PCR y la estructura del grupo en Argentina. Según Urrutia, le pidieron nombres y le mostraron fotos. Directamente, le preguntaron por el abogado Héctor Giordano Cortazzo, referente del PCR, entonces exiliado en Argentina y luego desaparecido. Querían saber dónde vivía, cómo ubicarlo. Urrutia dijo que en ese momento él no sabía quién era Giordano; lo había conocido unos días antes en Buenos Aires.
Jesús Suárez Méndez, en tanto, aseguró que el objetivo de los interrogatorios era obtener información sobre el paradero de otros integrantes del PCR, que intentaron sacarle información sobre el apodo de una persona, que también le preguntaron por Giordano. En su declaración, aseguró que fue interrogado por dos personas: un argentino, que quería saber «dónde estaba la plata»; la otra persona, que pidió quedarse a solas con él, le dijo que era un coronel uruguayo y que si colaboraba le podía salvar la vida, porque «acá en Argentina los hacen boleta, esto es una guerra sucia». Pidió tiempo para pensar, pero esa noche logró fugarse, aunque a las horas volvió a ser detenido.
El viaje de oficiales S-2 no fue casualidad. En junio de 1977, el SID (Servicio de Información de Defensa) había puesto el foco en el PCR, tras la detención de un militante que intentó ingresar a Uruguay con documentación falsa. La presencia de Suárez Méndez en Concordia fue un llamador para avanzar en la persecución de los integrantes de la organización en ambas márgenes del Río de la Plata.
En efecto, en agosto fue detenido Daniel Pedro Alfaro Vázquez en Buenos Aires; en diciembre de 1977, también en Argentina, fueron secuestrados Carlos Cabezudo y Juvelino Carneiro da Fontoura; en enero de 1978, en Montevideo, Ricardo Blanco Valiente, y en junio de 1978, en Argentina, secuestraron a Giordano. Los cinco fueron desaparecidos. Los restos de Blanco fueron hallados en 2012 en el Batallón de Infantería 14; el cuerpo de Giordano apareció sin vida en agosto de 1978 en la vía pública, fue enterrado como NN e identificado en 2022 mediante chequeo de huellas dactiloscópicas. Sus restos no fueron hallados.
TRASLADOS CLANDESTINOS
La causa dejó al descubierto, además, el traslado clandestino de detenidos políticos de Argentina a Uruguay. Los testimonios de las víctimas revelan detalles de estos operativos. Tras pasar por varios centros de detención, parte del grupo fue alojado en la Unidad Penal 3. Desde allí, Robatto y Urrutia fueron trasladados a Uruguay. Fueron sacados del penal en un auto Ford Falcon hasta una ruta, donde los esperaba una camioneta del Ejército uruguayo, que se había adentrado en territorio argentino con personal uniformado. La camioneta atravesó el puente de Salto Grande, con destino al batallón en Salto.
Allí fueron sometidos a plantones y volvieron a ser interrogados sobre el PCR. Les preguntaban sobre definiciones políticas de la organización, pero no por nombres. Robatto y Urrutia, finalmente, fueron sometidos a la justicia militar y terminaron en el Penal de Libertad. Robatto fue condenado a cuatro años y medio de penitenciaría; Urrutia, a cinco. Los expedientes uruguayos indican que fueron detenidos en el puerto de Salto; la documentación de la Policía de Entre Ríos desecha esa versión: los dos figuran como detenidos en Concordia en julio de 1977. Asimismo, documentos elaborados por el batallón de Salto –incluidos en el Archivo Berrutti– refieren al interrogatorio de Urrutia en Argentina y a la detención de Jesús Suárez Méndez.
Otros integrantes del grupo, en tanto, también fueron trasladados a Uruguay. María Julia, Levitz y su esposo, Luis Suárez Méndez, y el hijo de ambos fueron enviados por vía fluvial. Según Levitz, los metieron en una camioneta negra, los llevaron a un lugar donde salían lanchas, los subieron a una («como bolsas de basura») y cruzaron el río; fueron liberados el 20 de julio de 1977. Ninguno de ellos fue sometido a la justicia militar.
Distinto fue el destino de Jesús Suárez Méndez. Relató que en Concordia logró fugarse de un centro clandestino –una casa cerca del río Uruguay–, intentó cruzar el río, pero no lo hizo porque temió ahogarse, fue recapturado horas después y alojado en el penal. A diferencia del resto, fue llevado a Buenos Aires. Lo trasladaron en un coche hasta una pista de aviación, lo encapucharon y lo dejaron esposado unos cinco días en una habitación. Luego lo subieron a un avión y lo llevaron al aeropuerto de Don Torcuato; terminó alojado en una especie de salón comunitario, frente a un cuartel, de donde también logró fugarse. Caminó toda la noche.
Según su relato, su esposa, Faustina Sierra, que no fue detenida, se exilió en Noruega; él se fue a Brasil. Allí obtuvo una identidad falsa, gracias a la cual se radicó en La Paloma (Rocha) hasta que pudo recuperar su identidad con el advenimiento de la democracia. Durante los años de dictadura, Jesús Suárez Méndez integró la lista de uruguayos presuntamente detenidos desaparecidos por el terrorismo de Estado. Su nombre también figuraba en la lista de detenidos desaparecidos de la Comisión Bicameral de Derechos Humanos de Paraná, junto con Robatto y su hermano Luis.
El traslado ilegal de los militantes del PCR quedó registrado en los tribunales uruguayos, ya que Robatto y Jesús Suárez Méndez declararon como testigos en la causa que culminó con la condena del exdictador Gregorio Goyo Álvarez y el marino Juan Carlos LARCEBEAU.
LA PISTA URUGUAYA
La investigación de Concordia apuntó a la responsabilidad de militares uruguayos en el secuestro y la tortura de los militantes del PCR. En esa línea, la fiscal Minatta solicitó la declaración por exhorto y posterior extradición del coronel (r) Barboza, sindicado como partícipe de los interrogatorios en Argentina. Sin embargo, ninguna de estas opciones pudo concretarse. La situación quedó asentada en la sentencia argentina.
El fallo indica que Barboza fue citado a prestar declaración indagatoria en la modalidad de videoconferencia el 18 de agosto de 2022, pero que no compareció, tras presentar un certificado médico, «por encontrarse internado en el sanatorio Salto cursando una depresión». La fiscal pidió a las autoridades uruguayas que evalúen si el militar estaba en condiciones de prestar declaración indagatoria. La respuesta fue negativa, ya que Barboza fue declarado judicialmente como «incapaz» por el Juzgado Letrado de Séptimo Turno de Salto. Basada en esa sentencia, la Justicia uruguaya también rechazó su extradición, «por lo que a la fecha no ha podido ser indagado», dice la sentencia argentina.
Barboza no es un desconocido de la Justicia uruguaya. Su nombre fue mencionado en la denuncia penal presentada por una decena de militantes y exmilitantes del Partido Comunista de Uruguay por la violación de derechos humanos en el batallón salteño. En esa causa, la Justicia condenó al médico militar Ricardo Revetria como coautor de los delitos de abuso de autoridad, lesiones graves, privación de la libertad y tortura. Una treintena de personas declararon haber sido víctimas de tortura en esa unidad militar: golpizas, plantones, caballete, submarino, picana eléctrica y colgamientos. Barboza fue indagado en esa causa, pero los recursos presentados por la defensa y su situación sanitaria impidieron avanzar en su imputación.