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La nueva Ley minera deja claro quién tiene el poder en Bolivia

NUEVA LEY DE MINERÍA DEL MAS CON ESPÍRITU NEOLIBERAL

(...) esta Ley. Es más neoliberal que el propio código minero de Goni; más entreguista que cualquier plan de privatización de los recursos naturales conocido en el pasado; tan antiobrero y antipopular que es tan sólo comparable al D.S. 21060

Marco Gandarrilla Gonzales

Desde que se oficializó la presentación de la nueva Ley Minera a la Asamblea Legislativa en marzo de este año, hemos insistido en que las autoridades que la promovieron no fueron capaces de demostrar en qué beneficia esta Ley al país, es más no han sido capaces de demostrar en qué beneficia esta ley al Estado que administran. Y no son capaces de hacerlo porque francamente no hay un solo aspecto que pueda ser defendido como progresista en esta Ley. Conculca los derechos de la población y del Estado, al grado en que uno de los pocos aspectos que fue debatido por el legislativo fue la anulación de la atribución básica que tiene este poder del Estado de fiscalizar los actos del ejecutivo y que esta ley finalmente terminó por conculcar para todos los derechos mineros otorgados previamente a esta norma y que no deberán ser remitidos a esta instancia para su revisión

Una Ley para hacer más dependiente a Bolivia

La minería durante del régimen del MAS se tornó en extractivista más allá de toda referencia histórica, si en 2005 94% de las exportaciones mineras eran de concentrados, en 2013 los concentrados alcanzaron el 97%, es decir exportamos materia rocosa donde lo que cuenta es el mineral predominante.

No sólo eso, exportamos más en volumen pero recibimos menos en metálico. En el 2013 las exportaciones mineras superaron los 3500 Millones de Dólares, pero el Estado recibió por concepto de Regalía Minera tan sólo 138 Millones.

Durante el periodo de los barones del estaño el país salió más beneficiado a nivel de recaudaciones ya que éstos tributaban 13,5%, mientras que actualmente 7% es el tope máximo establecido en la Ley.

Este extremo fue posible ya que, además de las varias exoneraciones tributarias de las que se benefició la minería privada en el régimen neoliberal, el gobierno del MAS le redujo impuestos a la actividad de los pequeños mineros y a las cooperativas, asociaciones empresariales a las que considera aliadas y que en tal razón se han beneficiado de un sinnúmero de beneficios del Estado desde impositivas, facilidades para su constitución, entrega de maquinaria y créditos. Bajo la protección del Estado pasaron a ser el principal sub sector minero, superando en las exportaciones de varios minerales a las transnacionales.

A 2013 representan 49% del valor total exportado, mientras que las privadas extranjeras y nacionales son la segunda en importancia con el 42% y el Estado es prácticamente marginal con el 7%.

En efecto, el Estado ha quedado relegado a un rol secundario. La Ley minera representa un golpe de gracia a las aspiraciones de nacionalización de este sector. La norma dispone la transferencia en calidad de titular de las minas nacionalizadas que permanecen bajo administración de las cooperativas, quienes pasan de inquilinas a ser dueñas. Consolida los derechos de los privados sobre las reservas fiscales mineras, las que serán declaradas libres y podrán ser adquiridas por quien lo solicite.

Junto con el subsuelo, la norma dispone la privatización del suelo y demás recursos naturales. Se llega al extremo de desconocer los derechos pre-constituidos de los campesinos y pueblos indígenas.

Con respecto a estos últimos, la norma desconoce el largo proceso de titulación de sus territorios como TCO, determinando que los derechos superficiales de los mineros incluyen, cuando sea el caso, los títulos de los pueblos indígenas como Tierras Comunitarias de Origen.

La democracia y el estado de derecho, primeras víctimas de la Ley minera

Siendo tan ambicioso el plan, que podría llevar a que en los hechos todo el país se convierta en zona minera, la Ley apunta hacia una radical alteración del régimen democrático. El Estado, prevé la Ley, debe perder fundamentales competencias para agilizar la otorgación de derechos a favor de los operadores privados.

Los polémicos artículos 132 y 151, son ilustrativos de la mencionada alteración democrática pues además de concentrar en las autoridades ejecutivas la otorgación de derechos mineros a privados, se orientan a que el legislativo deje de cumplir con su más básica función que es el control de los actos del ejecutivo en materia minera, es decir se asesta un duro golpe a la democracia impidiendo a la Asamblea Legislativa el conocimiento y aprobación de los contratos mineros, o lo que es lo mismo le impiden pronunciarse sobre las condiciones de entrega de los recursos naturales a privados que, como ya se ha mencionado, no están cabalmente cuantificados y valorizados, lo que conlleva además la entrega gratuita de otros recursos naturales que, como el agua, son intrínsecos a la actividad minera

En los hechos el Estado cede soberanía política, económica y territorial a favor de los mineros

El reconocimiento de los denominados derechos preconstituidos mineros, es la punta de lanza de esta amenaza al Estado de derecho, ya que 7.920 derechos mineros (entre contratos, concesiones por cuadrículas y por pertenencias a 2013) se benefician de seguridad jurídica no importando su situación legal y real, es decir si se enmarcan en la legalidad o cumplen una función económico social enunciada por la Constitución.

La minerocracia no se conforma con restarle competencias a los poderes del Estado mediante la alteración del régimen democrático, bajo esta Ley la sociedad debe también perder derechos

A despecho de los principios de la constitución referidos a la Economía Plural, la norma establece un nuevo régimen de derechos en el que los operadores mineros tienen derechos preferentes, llegando a considerárseles en los hechos como ciudadanos de primera, frente al resto de la sociedad que debe perderlos, conformándose con ser ciudadanos/as de segunda. El extremo de esta afrenta a los derechos humanos es la penalización del derecho a la huelga (que afectará inicialmente a los mismos trabajadores/as mineros/ las que reclamen por sus derechos) y a las comunidades y población civil que deban movilizarse para no ver conculcados sus derechos por los operadores mineros (Art. 99). La ley desprotege a  los débiles, rompiendo con todo orden jurídico moderno que por el contrario aspira a defender y auxiliar a los débiles frente a los abusos de los poderosos.

 fuente Rebelión, año  Nº 1,  agosto 2014-periódico del PT de Bolivia

Ley de Minería del MÁS con espíritu neoliberal

Lucio Gonzales Alanes

Economista, ex trabajador de Comibol y ex dirigente de la COB

Cuando se dictó el famoso Decreto Supremo 21060, el 29 de agosto de 1985, durante el gobierno de Víctor Paz Estenssoro, sin duda, se incorporaba a Bolivia en el nuevo escenario del que hacer económico, social y político. La respuesta desde la Central Obrera Boliviana (COB) y la Federación Sindical de Trabajadores Mineros de Bolivia (FSTMB), era resistir y combatir las políticas neoliberales impuestas por el Fondo Monetario Internacional (FMI)

En todos los centros de trabajo desde las minas, fabricas, universidades, magisterio, salud, etc. se desarrolló la huelga general indefinida, todos creíamos que era un “paquetazo” más al que nos tenía acostumbrado el gobierno de la Unidad Democrática Popular (UDP), no percibíamos que era una nueva forma de concebir la economía y la política en Bolivia, naturalmente la huelga general fue sofocada con la dictación del Estado de Sitio y con la detención y confinamiento de dirigentes sindicales al Oriente del país, miles de ellos terminaron en San Joaquín, Puerto Rico y otras poblaciones, práctica que se repetirá a lo largo de los años 85-95, los dirigentes que no fueron confinados nos concentramos en Oruro en el centro minero de San José, donde se abrió un piquete de Huelga de Hambre en interior mina, con dirigentes mineros, fabriles, universitario y otros sectores sindicalizados, la misma que duro aproximadamente quince días.

En el transcurrir de agosto 85 al 86 se realizó el XXI congreso de la FSTMB en Oruro, donde se discutió la importancia y el carácter estratégico que tenía para el país la minería estatal, hubo dos posiciones y corrientes políticas del Partido Comunista de Bolivia (PCB) y la de Convergencia Minera (CM) posteriormente sobre la base de ello, se organizó el Eje de Convergencia Patriótica (ECP), ambos veían y sostenían que había que defender a la COMIBOL

En el mes de agosto, se realizó la marcha de los mineros en defensa de las fuentes de trabajo y las conquista sociales en el sector de la minería Estatal, marcha que se denominó marcha por la “Vida y la Paz” desde la ciudad de Oruro con apoyo del Comité cívico de dicho Departamento, más de diez mil mineros emprendieron la marcha hasta la ciudad de La Paz, en pleno desarrollo de la marcha el 26 de agosto se promulgo el Decreto

Supremo 21377 de Descentralización Administrativa de COMIBOL, estas medidas parcelaron a la principal estatal minera en subsidiarias, estas disposiciones gubernamentales eran una respuesta política del Gobierno a la marcha de los mineros que ulteriormente fue intervenida y desmovilizada por la fuerza El DS. 21377 de modificación de la estructura de COMIBOL, consta de 42 artículos, en el Capítulo V. Titulada De las sociedades Cooperativas y Arrendatarias y de los Art.-31 se puede inferir que el Gobierno del MNR, dio todas las prerrogativas para impulsar las cooperativas con los trabajadores que fuesen retirados de Comibol, reconociendo como un tercer sector importante de la minería en Bolivia. (convoco: a leer dicho DS. y hacer un análisis comparativo con la actual proyecto de ley del MAS)

Desde esa fecha, hasta hoy las cosas no han cambiado sustantivamente, no obstante, de que por el ministerio ha pasado y fungido como ministros otrora recalcitrantes defensores de la minería Estatal: Guillermo Dalence, Jorge Echazu y José Pimentel, estos personajes oportunistas no han podido ni siquiera elaborar una ley de Minería que favorezca a los intereses del país, sino, por el contrario han sido los que han puesto las bases para el actual proyecto de ley de minería que está en cuestión.

Los puntos de vista que han emergido de los diputados y el propio gobierno, han sido en sentido de que el proyecto de ley era inconstitucional, si uno se aferra a la actual constitución del Estado Plurinacional, en su Artículo 351.I. que reza lo siguiente “El Estado, asumirá el control y la dirección sobre la exploración, explotación, industrialización, transporte y comercialización de¡ los recursos estratégicos a través de entidades públicas, cooperativas o comunitarias, las que podrán a sus vez contratar a empresas privadas y constituir empresas mixtas”, bajo la áncora de este artículo, es pues constitucional el Art 151 de la ley de minería cuestionada por los parlamentarios plurinacionales y defendida por los cooperativista para hacer contratos con los privados sean estos nacionales o extranjeros.

También es cardinal, mencionar que el Articulo. 80.- (Empresas Mixtas y Emprendimientos Asociativos) de la Ley General de Cooperativas, Ley N° 356 es pactada en concordancia con la Constitución del Estado Plurinacional, estas referencias nos muestran que el gobierno y sus epígonos o caen en la ignorancia supina o son simples practicantes de la filfa y mentira en la creencia de que este pueblo esta desinformado o sigue en encandilado con el gobierno masista.

José Pimentel ex ministro de minería, nos cuenta la historia de que esto empezó con la suscripción de contratos en Potosí con el proyecto hecho, por el también ex ministro de minería Jaime Villalobos, ministro del MNR durante el periodo neoliberal es el caso dice: de San Bartolomé, que administra la Empresa Manquiri, subsidiaria de la canadiense Coeur dAlene……bla.bla (Tribuna, Empresa Privada y cooperativas, la Razón 9 de abril del 2014) es pues cierto, ya lo hemos mencionado líneas arriba, el sustento jurídico legal es neoliberal ¿pero que hizo él cuándo estaba como diputado y luego como ministro para denunciar y luego inviabilizar estos afanes privatizadores de las transnacionales? Nada, absolutamente nada, es más ha defendido a las transnacionales como San Cristóbal, y al mismo centro minero de San Bartolomé, con el argumento que muchas de esas empresas nunca pertenecieron a la Comibol. Analizando el proyecto de ley de minería del gobierno del MAS, consensuado con los Cooperativistas y la FSTMB, en los artículos 62,129,130,162,198,199 mantienen el carácter y espíritu del Decreto Supremo 21377 del MNR, del 26 de agosto de 1986, firmado por Víctor Paz Estenssoro y el Ministro de Minería de ese entonces

Síntesis, para que más le vamos dar vueltas al asunto, el gobierno del MAS liquidara lo que queda de Comibol en el propósito de privatizarla y enajenar los yacimientos mineros del Estado en beneficio de las Transnacionales, se firme lo que firme en las negociaciones entre Gobierno y cooperativistas, el articulo 151 solo se adecuara en una redacción más convincente para ambos bandos, y los cooperativas mineras por intermedio de la Comibol terminaran firmando contratos y enajenando los yacimientos mineros en favor de empresa extranjeras, ante la ausencia de inversión y tecnología para la explotación de los recursos mineralógicos,(los contratos de arrendamiento y riesgos compartidos son indelebles para este gobierno neoliberal) esto lo decimos apodícticamente.

El tiempo nos dio la razón cuando sosteníamos en el primer número de este periódico hace cuatro años, y sentenciábamos que el Mutún sería un fracaso, como lo son todos los proyectos que están en el sector minero, porque no hay una política minera, las personas que asumen el ministerio, como el actual ministro son simplemente agentes y custodios de los intereses las grandes transnacionales mineras.