Envíopostaporteñ@ nº 633

POSTALINAS

Estatutos del FA

Acerca de lo escrito por Estrella, los estatutos; esta en internet y se puede bajar en pdf. Ahora, lo que realmente puede ser discutible es si refleja lo que hicimos en el 71 y debió revolucionariamente profundizarse- y no desparramarse para lograr votos, anular la militancia para anular los posibles controles y lucrar con los puestos igual que en cualquier partido "tradicional", aplicar la ética y escuchar con ánimo de oír y no solo aplicar "Multas y penas" (tendencia muy interesante del actual uruguayo).

 Discutir sabiendo que no existe lo homogéneo salvo cuando te aplastan- y aun así no existe. Quizás venga al caso una frase de Fourier

" Hay falsedad donde quiera exista un régimen coercitivo. La prohibición y el contrabando son inseparables, tanto en el amor como en las mercancías" y como hoy parece que todo es mercancía....

Mis saludos.

Miguel Puigvert

 

 

Comunicado del Comité del Frente Amplio "Jorge Carrozzino"

 

Paris, 4 de octubre 2011

 El 24 de febrero de 2011, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, dicto Sentencia en el caso Juan Gelman, María Claudia García Iruretagoyena de Gelman y María Macarena Gelman García contra la República Oriental del Uruguay.

Velando por el cumplimiento del Tratado de Derechos Humanos, la CIDH condeno a nuestro país a cumplir diferentes obligaciones, una de ellas es que El Estado uruguayo debe garantizar que la Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado no vuelva a representar un obstáculo para la investigación de los hechos así que para la identificación y sanción de los responsables de los mismos.

El Código Penal uruguayo prevé 20 años de prescripción para el delito de homicidio,  pudiendo ser ampliados en un tercio en función de las agravantes del caso, lo que establece un máximo de 26 años y ocho meses, lo que lleva a que los delitos comunes prescriban en noviembre próximo.

La sentencia  (*) de la CIDH especifica, a texto expreso, que no debe aplicarse la Ley de Caducidad «ni ningún instrumento jurídico análogo como la PRESCRIPCIÓN ».la no retroactividad de la ley penal o la cosa juzgada.

El Estado Uruguayo debe cumplir con dicha sentencia, sin embargo se empeña en “esquivar” su aplicación con interpretación de leyes no solo en el ámbito jurídico, sino también es materia de debate, entrando en el terreno político de las concepciones y los valores de quienes las interpretan a título personal, cuando su rol es, sin duda alguna, estatal.

El cumplimiento a cabalidad por el Estado Uruguayo de la sentencia de la CIDH, no vulnera ninguna autonomía y/o separación de poderes, ni implica el ejercicio de ninguna presión ilegitima que el Estado reclame una interpretación o una aplicación determinada. Es decir en todas sus consecuencias jurídicas e institucionales. LAS VIOLACIONES A LOS DDHH COMETIDAS EN EL MARCO DEL TERRORISMO DE ESTADO NO SON DELITOS COMUNES, SON DE LESA HUMANIDAD, Y POR LO TANTO SON IMPRESCRIPTIBLES.

Hecho que no resistiría ninguna discusión, pero lamentablemente la realidad es otra, responsables de violaciones de DDHH han sido procesados por homicidio especialmente agravado en lugar de serlo por «desaparición forzada».

Por los motivos antes mencionados nuestro Comité exige que la dirección del FA adopte una posición clara a fin que el gobierno del FA instrumente rápidamente las medidas adecuadas para cumplir con la sentencia de la CIDH e impedir la prescripción de los delitos cometidos durante el periodo Terrorismo de Estado en nuestro país.

 

* Sentencia de la CIDH - Publicada en el Diario Oficial Uruguayo el 29/06/011

http://www.impo.com.uy/bancodatos/sentencia.htm



Comité FA  "Jorge Carrozzino " - Paris
comite.fafrancia@gmail.com

 


INDUSTRIAS EXTRACTIVAS Y DERECHOS HUMANOS

CINE del 8 al 15 de octubre de 2011

Como parte de nuestro trabajo sobre Rendición de Cuentas de las Empresas, Amnistía Internacional Uruguay invita al Ciclo de Cine Documental: “Extracción de Derechos”.

Con producciones de Argentina, Chile, Paraguay, Perú y Uruguay, conoceremos algunas de las manifestaciones más significativas de las industrias extractivas en la región (agronegocios, mega-minería, pesca industrial y energía).

Con este ciclo pretendemos profundizar sobre las crecientes violaciones a los derechos humanos que conllevan el avance de estas industrias y el modelo de desarrollo que representan. También queremos avanzar en la reflexión colectiva sobre la obligación del estado en la protección y promoción de esos derechos y la obligación de respetarlos por parte de las empresas. Varias Mesas Temáticas acompañarán la proyección de los documentales.

- Lunes 10 | 20:00 - Agronegocios

- Miércoles 12 | 20:00 - Megaminería

* Jueves 13 | 19:15 - Presentación del documental "Tierra de Agua"

- Viernes 14 | 20:00 - Pesca Industrial

"Extracción de derechos" es un ciclo de cine regional ya que se realiza en simultaneo en Amnistía Internacional Argentina, Chile y Perú.

ENTRADA LIBRE  Sala Carnelli - CINEMATECA uruguaya

                      (Lorenzo Carnelli 1311)  8 al 15 de octubre de 2011

 

519 AÑOS DE EXTERMINIO Y SAQUEO

 12 /10 - 15 hrs. desde el Obelisco a Pza. Independencia

sumate a la marcha por:

 

 EN DEFENSA DE LA TIERRA Y LOS BIENES NATURALES.

.DECIMOS NO A LA MEGAMINERÍA A CIELO ABIERTO.

 EN DEFENSA DEL AGUA Y LA VIDA.

NO A LA EXTRANJERIZACIÓN Y CONCENTRACIÓN DE TIERRA.

 SI QUEREMOS TIERRA PARA EL QUE LA TRABAJA.

POR SOBERANÍA ALIMENTARIA.

 NO A LOS MONOCULTIVOS DEGRADANTES DEL SUELO.

 NO AL PUERTO DE AGUAS PROFUNDAS EN ROCHA.

 

"QUE LOS MÁS INFELICES SEAN LOS MÁS PRIVILEGIADOS".

"NO VENDERÉ EL RICO PATRIMONIO DE LOS ORIENTALES AL BAJO PRECIO DE LA NECESIDAD".

 

Convocan

COLECTIVO DE   LUCHA POR LA TIERRA

MOVIMIENTO POR UN URUGUAY SUSTENTABLE

MESA REPRESENTATIVA DE RUTA 7

PRODUCTORES Y VECINOS DE CERRO CHATO Y VALENTINES

VECINOS DE ROCHA

UTAA BELLA UNIÓN

VECINOS DE VICHADERO

 5ª DE TREINTA Y TRES

UCRUS

VECINOS DE CARAGUATÁ

CONSEJO DE LA NACIÓN CHARRÚA

ADEOM TACUAREMBÓ

VECINOS DE SARANDÍ GRANDE

ORIENTALES POR LA TIERRA (BsAs)

CONFEDERACIÓN DE PUEBLOS COSTEROS