ARG | ''Minería: un acuerdo de espaldas a la sociedad''
Maristella Svampa, socióloga y Enrique Viale presidente de la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas
Son notorias y muy alarmantes las modificaciones que introduce el reciente Acuerdo Federal Minero firmado entre el Presidente de la Nación y 14 gobernadores. Detrás de una fachada discursiva que propone una mejor gestión del ambiente, este acuerdo en realidad dispone todo lo contrario. El mismo busca consolidar un modelo minero netamente extractivista, ideado en la década de los noventa, a expensas de la Naturaleza, los territorios y los derechos de las comunidades locales.
Hace tiempo que la Cámara Argentina de Empresarios Mineros (CAEM), conformada por las grandes transnacionales del sector, viene realizando un poderoso lobby que, por un lado, apunta a profundizar el generoso marco jurídico y económico que beneficia la actividad; por otro lado, desconoce y pasa por encima de la normativa ambiental provincial y nacional, gestada en la última década al calor de las luchas socioambientales. En efecto, este Acuerdo tiene la tarea de atacar los escollos que, desde la óptica de la CAEM, vienen a “ensombrecer” el despliegue de la actividad.
Así, ante la evidente ausencia de Licencia social (siete provincias sancionaron leyes que prohíben la actividad, como consecuencia de las movilizaciones populares), el acuerdo obliga a incorporar propaganda minera en la currícula de las escuelas primarias, secundarias y terciarios. En otras palabras, los departamentos de marketing de las grandes empresas mineras tendrán el ingreso asegurado a las escuelas públicas de todo el país.
El Acuerdo desconoce también la vigencia de la Ley Nacional de Glaciares pues pretender autorizar la actividad en zonas prohibidas, con supuestos “cuidados ambientales”. Esto constituye una grosera violación de la ley que es clara y contundente al respecto; esto es, no permite bajo ninguna modalidad la explotación minera en glaciares y zona periglaciar.
Además de consolidar el tope de regalías provinciales del 3%, impuesto en los ´90, el acuerdo arremete contra las empresas provinciales mineras, cuyo objetivo era capturar algo más de renta, un punto que la CAEM venía cuestionando hace tiempo. El Acuerdo prácticamente aniquila la posibilidad de creación de este tipo de empresas públicas. Por último, el Acuerdo se arroga el derecho de definir “la participación ciudadana”, ítem que está lejos de ser precisado. No se menciona la consulta previa, libre e informada a pueblos indígenas (una normativa internacional incluida en la Constitución nacional y constituciones provinciales), como tampoco aquellos dispositivos constitucionales ligados a la democracia participativa, que exigen numerosas comunidades locales.
Que la realidad es más controversial y compleja que los discursos engañosos del lobby minero lo demuestra el hecho de que, a diferencia del Acuerdo de 1993, firmado por todas las provincias, éste sólo es suscripto por 14, con la ausencia de importantes jurisdicciones como Chubut, La Rioja o San Luis. Recordemos que fue en Esquel (Chubut) donde nació la lucha contra la megaminería en Argentina a principios de siglo XXI, que luego se propagó a otras provincias y en 2012 tuvo en el levantamiento de Famatina (La Rioja) una de sus expresiones más emblemáticas. Graves accidentes como los de la Barrick Gold en la mina Veladero (antes considerada como “el modelo”, impulsado por la provincia de San Juan), pusieron en evidencia el carácter insustentable de este tipo de minería.
Por otro lado, hay que preguntarse qué posición adoptarán Mendoza y Córdoba, dos provincias que cuentan con comunidades académicas concientizadas e importantes movimientos socioambientales, y donde las leyes de prohibición de la megaminería fueron reconfirmadas por los respectivos Tribunales Superiores de Justicia, después de un largo período de judicialización, promovido por sectores promineros.
En suma, dicho Acuerdo no solo se firma sin participación alguna de la sociedad civil. Pretende además instalarse en la realidad de las provincias como si éstas fueran territorios ausentes de conflictos y no existieran normativas que prohíben ciertas actividades extractivas en pos del cuidado del ambiente. La lupa está puesta ahora en el Congreso Nacional y las legislaturas provinciales, quienes tienen la potestad de rechazar legislativamente dicho Acuerdo.
Fuente: Clarín (Debate)Info Y Datas
URU | PIDEN AL FISCAL DE CORTE INVESTIGAR
EXPLOSIONES EN EL NORTE
Un grupo de ciudadanos uruguayos solicitaron hoy al Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación, Dr. Jorge Díaz, la realización de una investigación sobre una serie de detonaciones en una zona entre Paysandú y Tacuarembó que han causado daños materiales y generado gran preocupación en la población local.
El martes 6, el lunes 19, el martes 20 y el miércoles 21 de junio, los pobladores de la localidad de Tambores y la zona donde la empresa petrolera Schuepbach ha iniciado una perforación exploratoria registraron una serie de explosiones y temblores sin que las autoridades hayan dado hasta ahora una explicación satisfactoria.
En una reunión con los vecinos de Tambores el viernes 23, la Dirección Nacional de Medio Ambiente (Dinama) les comunicó que el Observatorio Geofísico del Uruguay no tenían registros de explosiones ni eventos sísmicos en esas fechas y que el Ejército no había realizado ejercicios militares ni entregado explosivos en esa zona.
Schuepbach había comunicado, el martes 13 de junio, la suspensión de la exploración en Cerro Padilla debido a “un lento avance y problemas de perforación inesperados”. La Dinama explicó en Tambores que la empresa llegó hasta siete metros y medio de profundidad y no pudo avanzar por la dureza de la roca basáltica.
Evidentemente, tales explicaciones no dejaron satisfechos a los pobladores locales, incluyendo al alcalde y miembros del Consejo Municipal de Tambores, que habían testimoniado las explosiones y temblores. Al final de la reunión, la Dinama recogió información de los vecinos para determinar el origen de las explosiones.
En los días siguientes, el alcalde de Tambores, Ricardo Soares de Lima, manifestó que la Dinama "no supo determinar el origen de estos sonidos y el estado no tiene conocimiento de que se esté dinamitando en la zona". Tampoco resultaron claros los motivos de la suspensión de la exploración en Cerro Padilla pues la zona ha sido estudiada con perforaciones y sísmica por la misma empresa.
Por estos motivos, basados en el Artículo 47 de la Constitución, el Código General del Proceso, las leyes e instrucciones de la Fiscalía General, que la habilitan a "Actuar en representación de la sociedad en los asuntos de intereses difusos", se le solicita una investigación que establezca las responsabilidades en los hechos referidos.
En síntesis, se solicitó una investigación de la Fiscalía y la Justicia sobre:
A) El origen de las explosiones del día 6 de junio, que se escucharon en una zona cercana al lugar donde la perforadora aún se encontraba trabajando.
B) El origen de las explosiones de los días siguientes, que se localizan cerca de Tambores y varios vecinos atribuyeron a una cantera cercana
C) El posible origen ilegal de las detonaciones escuchadas, ya que no hubo explosivos autorizados ni entregados por la autoridad competente
D) La causa de la suspensión de la perforación en Cerro Padilla pues atribuirlo a una imprevisión del equipo revelaría impericia de esa empresa.
Uruguay Libre de Megaminería
4 de julio de 2017