Envíopostaporteñ@ 1517

postalinas

Yo no quiero vivir en esta casa

de paredes a plomo construidas

impersonal, aséptica

Yo no quiero vivir en este barrio

de muros grises sin ventanas

Yo no quiero quedarme entre esta gente,

silenciosa, torpe,

inadecuada

 

Yo reclamo un lugar entre los míos,

entre los perseguidos y los parias,

mi pedazo de barricada,

una ráfaga de sol,

un río de gente ardiendo,

las paredes overas de palabras,

la rabia latiéndome en las sienes,

le esperanza

renaciendo entre las balas

EL SAPAYO

 

De preocupados y okupantes

UTAA, Los Eucaliptus, La Solidaria, Barrio 33 Orientales, CAIF, Las Piedras y el STUC. Artigas, Montevideo, Maldonado. Zonas muy alejadas entre sí hacen preocupar a los ricos, a los políticos y a los politicuchos que precisan que todo vaya por la vía institucional para que se respete la sagrada propiedad. La misma que no es otra cosa que la sangre de nuestros antepasados siendo pisoteada por las botas de los invasores.

Por estas tierras, es clarísimo que la propiedad es un robo. Es el primer robo que se le hizo a un pueblo que no conocía de alambradas ni porteras. Tan sólo hay que ir unos años para atrás cuando los vientos surcaban libres las verdes ondulaciones para poder sentir claramente el despojo y la violencia que significa la propiedad. Por eso nos rechina cuando nos dicen que somos violentxs por tomar posesión de un lugar que no nos pertenece. Por eso no aceptamos el discurso de que estamos de vivxs por habitar un espacio que nadie estaba utilizando. Por eso no sentimos que debamos mendigar un plan de vivienda en el cual los políticos de turno elijan dónde y cómo tenemos que vivir.

Somos pobres, somos proletarixs; nuestra fuerza es nuestra capacidad creativa. El sistema nos dice que debemos respetar la propiedad privada, perder los mejores años de nuestras vidas trabajando para enriquecer a otro, perdernos años enteros de la vida de nuestrxs hijxs en pos de un mejor futuro que nunca llega, alquilar una pieza, vivir hacinadxs, vivir de agregadx... una mierda de vida!

Pero ya aprendimos algo. Si recuperamos tierras o casas abandonadas, recuperamos tiempo, recuperamos vida, recuperamos parte de lo que nos han robado y lo que intentarán robarnos. Y si encima nos organizamos y nos nucleamos con otras personas que están viviendo procesos similares, descubrimos una fuerza increíble. La lucha duele, pero es necesaria y a demás da frutos... deliciosos frutos silvestres!

No permitamos que los ricos y los miedosos nos quiten los frutos que cosechamos. Si ya estamos habitando un espacio, no es necesario negociar un realojo. Los realojos son en beneficio de los ricos, nunca de los pobres. Los pobres les molestamos si habitamos en las zonas céntricas, les molestamos si habitamos en las zonas de chacras para ricos, les molestamos si decidimos tomar nuestras propias decisiones y no morir esperando un milagro burocrático.

Pero los pobres nos conocemos, tenemos ingenio, el ingenio de aquel que se la rebusca. Los pobres nos vamos encontrando y vamos tejiendo la complicidad de clase que nos quisieron robar con ese invento burgués de que ya no hay clases.

En Bella Unión, en Maldonado, en Montevideo hay gente resistiendo los embates del Estado y el Capital. Hay gente creando nuevas formas de ser en este mundo. Los medios buscan aislarlos y fragmentar la lucha. Pero la lucha es una sola.

Como cantan por NEPTUNIA: Contra los grandes dueños de la propiedad. No a los desalojos. TIERRA Y LIBERTAD!

Tierra para quien la habita! Tierra pa quien la trabaja! Tierra para todxs!

Núcleo de Okupantes en Lucha

AIU

por todas las libertades

por todos los caminos posibles

ECUADOR / Pronunciamiento del Pueblo Kitu Kara

ante la violencia de Estado

Las crisis afloran el verdadero carácter de las cosas y ésta ya lo ha hecho. El gobierno de la “revolución ciudadana” ya hizo sus opciones

El día de ayer, 03 de diciembre de 2015, en la Asamblea Nacional, con 100 votos a favor de parlamentarios del oficialismo, se realizaron 15 cambios a la Constitución Ecuatoriana. Entre los más importantes destacamos: la elección indefinida de autoridades públicas, eliminación de la capacidad de control que tiene la Contraloría General del Estado, reducción de derechos a los trabajadores del sector público y entregar a las fuerzas armadas la seguridad interna del Estado.          

Ante la inminente reducción de derechos y la instalación de un estado de excepción permanente, las organizaciones sociales, mujeres, trabajadores, estudiantes, campesinos, pueblos y nacionalidades, nos manifestamos en las inmediaciones de la Asamblea Nacional y en varias ciudades del país. Nos manifestamos para hacer escuchar nuestra voz de protesta, movilizaciones que fueron reprimidas  haciendo  uso de la caballería, motocicletas, vehículos antimotines, cuerpos policiales especializados y un gran contingente de policías de tropa e infiltrados.  Todos como armas de guerra y amedrentamiento

Dos han sido los resultados de la jornada de ayer:

Primero: Una vez más, el proyecto de la “Revolución Ciudadana” avanza a través de la reducción de los derechos a trabajadores y mediante su política de terrorismo de Estado. 15 enmiendas constitucionales aprobadas a espaldas del pueblo ecuatoriano y más de 15 manifestantes detenidos de forma violenta.    

Segundo: Una vez más, las organizaciones se declaran en movilización permanente frente a las agresiones del Estado del capital, al encarcelamiento de nuestros compañeros, a las agresiones físicas y verbales a nuestras compañeras, al racismo y patriarcado de los discursos oficiales y a  la reducción de derechos.

Por la liberación de nuestr@s compañer@s encarcelad@s

Contra la agresión del estado del capital

Contra la instalación del estado de excepción

Nuestra lucha histórica continúa

Pueblo Kitu Kara

Declaración pública

Movimiento Nacional de Usuarios de la Salud Pública y Privada

Montevideo  28 de noviembre de 2015.-

De la Asamblea Nacional Anual del Movimiento Nacional de Usuarios de Salud Pública y Privada a la Opinión pública:

Todas y todos los asambleístas se expiden y declaran  contrarios a los Art. 443 (Art. 425), Art 457 (Art.438 – 439) del Proyecto de la Ley de Presupuesto, que se encuentra en discusión en el Senado de la República.

En el entendido que dichos Artículos, afectan directamente al bienestar, la salud y la vida de nuestra sociedad, por tanto, sin ser juristas, de la sola lectura de la Carta Magna se desprende la Inconstitucionalidad de esos artículos.

Constitución de la República: Artículo 44.- El Estado legislará en todas las cuestiones relacionadas con la salud e higiene públicas, procurando el perfeccionamiento físico, moral y social de todos los habitantes del país.

Todos los habitantes tienen el deber de cuidar su salud, así como el de asistirse en caso de enfermedad. El Estado proporcionará gratuitamente los medios de prevención y de asistencia tan sólo a los indigentes o carentes de recursos suficientes.

El articulado que rechazamos afecta directamente al Artículo 45 de la Ley 18.211

Ley 18.211 - Artículo 45.- Las entidades públicas y privadas que integren el Sistema Nacional Integrado de Salud deberán suministrar a su población usuaria los programas integrales de prestaciones que apruebe el Ministerio de Salud Pública, con recursos propios o contratados con otros prestadores integrales o parciales públicos o privados.

Los programas integrales de prestaciones incluirán:

A)     Actividades de promoción y protección de salud dirigidas a las personas.

B)      Diagnóstico precoz y tratamiento adecuado y oportuno de los problemas de salud-enfermedad detectados.

C)     Acciones de recuperación, rehabilitación y cuidados paliativos, según corresponda.

D)     Acceso a medicamentos y recursos tecnológicos suficientes.

Nos mantenemos en alerta y reclamamos de las y los Legisladores, nuestros representantes, la responsabilidad que amerita esta situación a la hora de votar el articulado expresado al inicio de la presente declaración.

Las Leyes se deben cumplir!

En representación del MNUSPP.

     Néstor Gurruchaga    Presidente

    Carmen Vernier Secretaria Gral.

Uruguay | Ante la puesta en funcionamiento del sistema

de vigilancia electrónica “El Guardián”

Ante la inminente puesta en funcionamiento del nuevo sistema de vigilancia electrónica “El Guardián”, el Centro de Archivo y Acceso a la Información Pública (CAinfo), Datos Abiertos, Transparencia y Acceso a la Información Pública (DATA)  y el Instituto de Estudios Legales y Sociales del Uruguay (IELSUR) advierten la insuficiencia de la regulación bajo el cual operará el nuevo sistema, y del alcance limitado de los controles sobre el mismo que se han anunciado en estas horas.

Hace un año un conjunto de organizaciones de la sociedad civil planteamos en el marco del Día Internacional de Derechos Humanos (Declaración pública del 10 de diciembre de 2014) la necesidad de robustecer el debate público en el país  y el marco jurídico en materia de vigilancia de las comunicaciones frente a la noticia de la adquisición por parte del Ministerio del Interior de un software que aumenta exponencialmente la capacidad de vigilancia del Estado. En esa oportunidad marcamos la importancia de generar un debate nacional sobre estos asuntos e hicimos un llamado para que el Estado adoptara los estándares internacionales sobre derechos humanos y vigilancia y garantizara la transparencia y rendición de cuentas ante la futura implementación de El Guardián.

Hoy vemos intentos por avanzar en la generación de mecanismos de control y rendición de cuentas, pero sin embargo estos son claramente insuficientes.  La puesta en funcionamiento del nuevo sistema de vigilancia electrónica se da sin que se haya generado un amplio debate a nivel de la sociedad y del sistema político, debate  que aspirábamos pudiera transformarse en una oportunidad para avanzar en el fortalecimiento del marco jurídico que hoy existe en el país en torno a la protección de la privacidad de las comunicaciones, la vigilancia por motivos de seguridad, y los nuevos desafíos para la protección de los derechos humanos en la era digital. 

Este martes 1 de diciembre, el Ministerio del Interior, la Fiscalía General de la Nación y la Suprema Corte de Justicia firmaron un memorando de entendimiento bajo el cual se establece un “Protocolo de Actuación para interceptaciones legales de comunicaciones”. Según se ha informado, este sería el último paso para que el nuevo sistema comience a operar definitivamente.

En esta oportunidad el documento fue publicado para su conocimiento público, lo cual constituye un avance en el cumplimiento de estándares de transparencia en relación al escenario de secretismo anterior. 

En  primer lugar corresponde señalar que el memorando de entendimiento firmado por los tres organismos refiere al Sistema Automatizado de Interceptaciones Legales (SAIL) y no al sistema de colección de datos El Guardián. A través de este instrumento la sociedad conoce la existencia de un nuevo sistema informático asociado a El Guardián diseñado por el Ministerio del Interior, sin conocerse bajo qué criterios se ha realizado este proceso. No sabemos qué tecnología se utilizó, si se cumplen con los estándares  de la ley 19179 (software libre) y que términos de uso tendrá la información personal que el sistema recabe.  Aunque el comunicado refiere a que el SAIL ha sido desarrollado por el Estado poco se explica de los criterios para crearlo y la gobernanza del mismo.

Explica el Protocolo que este sistema dará soporte administrativo al flujo de solicitudes de interceptación, decisiones de los magistrados penales, y respuestas de las empresas de telecomunicaciones. Según se lee en la cláusula primera, el Poder Judicial y la Fiscalía General de la Nación tendrán acceso “únicamente” al sistema de diligenciamiento de solicitudes. Por tanto es importante precisar que el Poder Judicial no tendrá control directo sobre El Guardián, sino sobre el software que habilita su funcionamiento. 

En  segundo lugar  según dispone el memorando, los tres organismos intervinientes acuerdan “garantizar la mayor reserva de las actuaciones tendientes a la instrumentación del sistema informático de interceptación legal de comunicaciones”  y  se comprometen a generar controles internos en el uso del SAIL. Por el contrario,  entendemos que el principio rector debería ser el opuesto: todas las partes deberían de dotar a este proyecto de la máxima transparencia en sus operaciones, y rendir  cuentas a la sociedad en su conjunto y al sistema político en general sobre su uso, siendo la reserva la excepción en función de los principios de proporcionalidad y necesidad /1 que deben orientar la aplicación de todo límite al derecho de todas las personas a estar debidamente informada sobre los asuntos públicos.

En cuanto al SAIL el Protocolo le atribuye al Poder Judicial y al Ministerio Público competencias para implementar auditorías sobre la correspondencia entre las medidas de interceptación legal dispuestas por los jueces penales y las cumplidas por las operadoras de telecomunicaciones. A tales efectos trimestralmente el Ministerio del Interior remitirá un reporte a la Suprema Corte de Justicia sobre las solicitudes de interceptación gestionadas en el sistema automatizado. En ese reporte la Secretaría de Estado deberá detallar cuantitativamente las solicitudes de interceptación legal de las comunicaciones ingresadas al SAIL y las aprobaciones y rechazo por cada juez penal, así como los tipos y cantidad de medidas dispuestas, discriminadas por operadora telefónica.

Sin embargo, el Protocolo no avanza en estándares de transparencia y rendición de cuentas sobre la utilización del sistema de vigilancia hacia la sociedad en su conjunto. En este sentido no incluye disposiciones que estipulen preceptivamente la transparencia activa de dichos reportes y sobre el resultado de los controles que se ejercerán.

Asimismo corresponde señalar que estas garantías  que se programan en el referido Protocolo están reguladas en un memorando de entendimiento y no en una norma de rango legal, siendo que los estándares internacionales recomiendan que todos estos aspectos queden establecidos legalmente

En consecuencia, hacemos notar que  si bien la implementación del nuevo sistema de vigilancia electrónica en nuestro país se dará bajo la garantía de una autorización judicial previa, el marco legal a partir del cual se pondrá en práctica el sistema es inadecuado. 

La interceptación de las telecomunicaciones es una posibilidad contemplada por nuestra legislación.  Sin embargo la regulación específica es limitada y no comprende aspectos fundamentales que debieran ser conocidos previamente por toda la sociedad antes de la puesta en funcionamiento del nuevo sistema de vigilancia. Es pertinente recordar que la interceptación de comunicaciones sólo es legítima bajo ciertas circunstancias muy estrictas  como lo indican los estándares internacionales en función del riesgo que éstas prácticas encierran para la libertad de expresión y el derecho a la privacidad.  

El marco legal hoy vigente no determina con claridad el tipo de datos sobre nuestras comunicaciones a los que  podrá acceder El Guardián. Tampoco la sociedad en su conjunto  conoce la  política sobre conservación de datos de las comunicaciones que tienen hoy las empresas de telecomunicaciones en Uruguay, ni  qué obligaciones ha impuesto el Ministerio del Interior estas empresas para la implementación del Sistema El Guardián. Entendemos que todos estos aspectos requieren ser explicitados, garantizándose el acceso a la información, la rendición de cuentas y la transparencia en todos los aspectos que hagan a la implementación del nuevo sistema de vigilancia electrónica.

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1- La limitación debe ser necesaria para alcanzar un objetivo legítimo, así como proporcional al objetivo y la opción menos perturbadora de las disponibles. Por otra parte, debe demostrarse que la limitación impuesta al derecho (una injerencia en la vida privada, por ejemplo, con el fin de proteger la seguridad nacional o el derecho a la vida de otras personas) tiene posibilidades de alcanzar ese objetivo. Es responsabilidad de las autoridades que deseen limitar el derecho demostrar que la limitación está relacionada con un objetivo legítimo. Además, las limitaciones al derecho a la privacidad no deben vaciar el derecho de su esencia y deben ser compatibles con otras normas de derechos humanos, incluida la prohibición de la discriminación. Si la limitación no cumple esos criterios, es ilegal y/o la injerencia en el derecho a la privacidad es arbitraria” (Informe del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos - A/HRC/27/37, párr... 23).

-- 3/12/15

Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (CAinfo)

¡¡ Vivan los compañeros!!

Informamos que el pasado 3 de diciembre de 2015  falleció el compañero Wladimir Ilich Turiansky en Montevideo, a los 88 años de edad.

 Wladimir "el ruso" Turiansky (Nº 2007 en el EMR Nº1) permaneció recluido desde 1975   a  1985 en el Penal de Libertad durante el período del Terrorismo de Estado.

El colectivo de Crysol rinde homenaje  a  este auténtico protagonista de la lucha del pueblo uruguayo y hace llegar sus sinceras condolencias  a sus familiares, sus compañer@s y amig@s. 

¡¡ Hasta siempre, RUSO!!

CRYSOL