Compañeros
Hoy sabemos casi todo sobre el asunto PLUNA
El Presidente se levanta un día con ánimos renovadores y decide, en uno de sus accesos de energía, cerrar PLUNA S.A. Decisión inobjetable. PLUNA S.A. está prácticamente en la cesación de pagos y debe liquidarse por la vía del concurso de acreedores.
Luego, sea por una presión tradeunionista decide tratar de salvar algo (siempre cede ante presiones, como ante la extorsión de UPM en el caso del aumento de la producción) Lo aterra lo que llama la “amenaza de incautación”, palabras agraviantes que en el léxico del presidente denominan a las acciones judiciales, generalmente de ex obreros y empleados brasileños de VARIG, que apuntan a responsabilizar a PLUNA, a través de la asociación PLUNA VARIG.
No tiene claro para quién ni por qué va a salvar algo.Consulta con el técnico, Fernando Lorenzo, quien a su vez consulta con el híper técnico Dr.Olivera García
El Dr. Olivera García debe haberle dicho a Lorenzo algo como esto: “hermano, lo único que se puede hacer es poner todo a nombre de otro. Dejame que lo estudie”
Al rato viene con la solución.
PLUNA, contra todas las leyes vigentes que condicionan la enajenación de activos, en pleno concurso, venderá a un fideicomiso los siete aviones estrella de PLUNA, los “Bombardier”; de inmediato el fideicomiso los rematará, de inmediato hacemos caja.. Habrá algunos millones de dólares disponibles que estarán fuera del alcance de los pérfidos jueces brasileños.
Deben observarse los confusos, misteriosos, contradictorios y aptos para todo fines del fideicomiso (ley 18.931 art.):“preservar el valor de los activos” (¿cómo dijo?), “viabilizar opciones de mantenimiento del servicio de transporte aéreo regional” (¡ufa! para el campeonato mundial del floripondio) “y preservar fuentes de trabajo”.
Todo al mismo tiempo no se puede hacer, y lo de preservar las fuentes de trabajo es un guiño a los empleados de la empresa privada PLUNA S.A.; pero el fin es tan simple como “salvemos algo del incendio”.
El delito más grave se comete en este punto.
Es inmoral y antijurídico tratar der defraudar a los acreedores escondiendo el activo o parte del activo.
Además de inmoral y antijurídica, la conducta de nuestras máximas autoridades es, en este punto, de una ingenuidad parsifaliana.
No sólo tratan de defraudar posibles acreedores: proclaman este propósito a los cuatro vientos. No sólo Mujica, cuya imprudencia está más allá de lo imaginable, también el sereno y sesudo Cr. Astori. Parecería que ambos estuvieran colaborando con los abogados brasileños que preparan una acción pauliana (acción contra una venta en fraude a los acreedores) para la que presentarán como prueba los videos de nuestro Presidente y nuestro Vice Presidente que así lo dicen a boca llena. ¡Rápido que llega el Alguacil del Juzgado!
El delito que se cometió fue, o bien el de “insolvencia fraudulenta”, que comete el “deudor civil que, para sustraerse al pago de sus obligaciones, simulara enajenaciones o créditos, se trasladara al extranjero o se ocultare sin dejar persona que lo represente o bienes a la vista en cantidad suficiente para responder al pago de sus deudas” (art. 255 del Código Penal) o el de “Insolvencia societaria fraudulenta”, art. 5 de la ley 14.095: “El que para procurarse un provecho injusto, para sí o para otro, ocultara, disimulara o hiciese desaparecer, parcial o totalmente, el patrimonio de una empresa en perjuicio de un tercero…” Y si no fuera ninguna de estas dos figuras, sería tentativa de estafa
Este delito se cometió a la luz del día y por ley. Algo para la historia o para las “cosas curiosas” de Ripley. La responsabilidad penal es de todos los que intervinieron: del Dr. Olivera García por aconsejar un delito, del Ministro de Economía, del o los redactores de la ley y de todos los diputados y senadores que votaron la ley.
Sabemos que este viejo truco, propio de aquellos viejos procuradores de mate amargo y tabaco negro, no de un “grado 5”, fracasó; pero lo que no fracasó es el ejemplo de trapacería y deslealtad que con este truco de tahúr se inculca a todo nuestro pueblo.
En adelante todos los que oculten sus bienes para defraudar a sus acreedores, que fueron y serán legión, podrán decir: ”El gobierno también hizo esto”.
Por eso, esta ley, además de antijurídica, inmoral y torpe, es desmoralizadora. Ahora valen las trampas. No hay que afrontar con coraje las circunstancias; hay que zafar, hay que eludir las responsabilidades.
Es como la droga: no se trata de superarse a uno mismo, sino de fumarse un porro para un buen “viaje”. Ganar sin esfuerzo. La funesta e inviable”viveza criolla”. PLUNA es la primera y más pública “fumata” de marihuana de nuestra historia.
¿Qué debió haberse hecho? Dejar actuar a la Juez y al síndico del concurso. Las deudas se pagan con lo que se tiene, proporcionalmente a todos los acreedores, en “moneda de quiebra”. Y si llegan demandas del exterior, por la asociación PLUNA VARIG, hacer frente también y responsabilizar a los administradores locales que fueron imprudentes y dejaron que PLUNA se contaminara de VARIG.. Y si llegan sentencias adversas, cumplirlas; y, por favor, no calificarlas de “amenazas”, que es un delito.
Esta insolvencia fraudulenta, y no el carnaval subsidiario de “Cosmo”, con Hernán Calvo Sánchez, el aval, la intimación en España, es el verdadero y más grave delito cometido y que hasta ahora no ha merecido la atención del Juzgado de Crimen Organizado.
Con lo del remate frustrado se está haciendo un alboroto inverosímil: es por una seña que un mejor postor perdió. Es perder de ganar para Uruguay: dentro de los millones de la intentada estafa por ley (U$S 130.000.000.oo) es poco o nada.