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Sobre PLUNA

Compañeros

Hoy sabemos  casi  todo  sobre  el asunto PLUNA

El Presidente  se levanta un  día con ánimos renovadores y decide, en uno  de  sus  accesos de energía, cerrar PLUNA S.A. Decisión inobjetable. PLUNA S.A. está  prácticamente en la  cesación  de pagos y  debe liquidarse por la  vía del concurso de  acreedores.

Luego,  sea por una  presión tradeunionista decide tratar de  salvar algo  (siempre  cede ante  presiones, como ante la  extorsión de  UPM  en el caso del aumento de la  producción) Lo aterra lo que llama la  “amenaza de incautación”, palabras  agraviantes que en el  léxico del  presidente denominan a las  acciones judiciales, generalmente de ex obreros  y  empleados  brasileños de  VARIG, que  apuntan a  responsabilizar a PLUNA, a través de la asociación PLUNA VARIG.

 No tiene claro para quién ni  por qué  va  a  salvar algo.Consulta con  el técnico,  Fernando Lorenzo, quien a su vez consulta con el  híper  técnico Dr.Olivera García

El Dr. Olivera García  debe haberle  dicho a  Lorenzo  algo  como  esto:  “hermano,  lo  único que  se  puede hacer es poner  todo  a  nombre de otro. Dejame que lo  estudie”

Al  rato  viene con la  solución.

PLUNA,  contra  todas las leyes  vigentes que  condicionan  la  enajenación  de  activos,  en pleno  concurso, venderá a un fideicomiso los siete aviones   estrella  de  PLUNA, los “Bombardier”;   de inmediato el fideicomiso  los rematará, de inmediato hacemos  caja.. Habrá algunos millones de dólares  disponibles que estarán fuera del alcance de los  pérfidos  jueces  brasileños.

Deben observarse los  confusos,  misteriosos, contradictorios y  aptos  para  todo  fines del fideicomiso (ley  18.931 art.):“preservar el valor de los activos” (¿cómo dijo?), “viabilizar opciones de mantenimiento del servicio de transporte aéreo regional” (¡ufa!  para el  campeonato mundial del floripondio) “y preservar fuentes de trabajo”.

Todo al mismo tiempo no  se puede  hacer,  y lo de  preservar las  fuentes  de  trabajo es un guiño  a los empleados de la  empresa  privada PLUNA S.A.;  pero el fin es  tan simple  como “salvemos algo del incendio”.

El  delito más  grave se comete  en este punto.

Es inmoral  y  antijurídico  tratar der  defraudar a los  acreedores  escondiendo el  activo o  parte del  activo.

Además  de inmoral  y  antijurídica,  la  conducta de nuestras máximas  autoridades es, en este punto,  de una  ingenuidad  parsifaliana.

No  sólo  tratan  de  defraudar  posibles  acreedores: proclaman este propósito a los cuatro vientos. No sólo Mujica,  cuya imprudencia  está más  allá  de  lo imaginable,  también el  sereno  y  sesudo Cr. Astori.  Parecería que ambos  estuvieran colaborando con los abogados  brasileños  que preparan una  acción  pauliana  (acción  contra una  venta en fraude a los acreedores) para la que  presentarán como prueba  los videos  de  nuestro  Presidente y nuestro  Vice  Presidente que  así  lo  dicen  a boca llena. ¡Rápido  que  llega el Alguacil  del Juzgado!

El delito que se cometió  fue,  o bien el de “insolvencia   fraudulenta”, que  comete el   “deudor civil que, para  sustraerse al pago de sus obligaciones,  simulara enajenaciones o  créditos,  se  trasladara al  extranjero o  se  ocultare sin  dejar persona que lo  represente o  bienes  a la vista en cantidad suficiente  para  responder  al pago  de sus deudas”  (art.  255  del Código Penal) o  el  de “Insolvencia societaria fraudulenta”,  art.  5  de la ley  14.095: “El que para procurarse un provecho injusto, para sí o para otro, ocultara, disimulara o hiciese desaparecer, parcial o totalmente, el patrimonio de una empresa en perjuicio de un tercero…” Y si no fuera ninguna de estas  dos figuras,  sería  tentativa de  estafa

Este delito  se cometió a la luz del día y por ley. Algo  para  la historia o  para  las  “cosas curiosas” de  Ripley. La  responsabilidad penal es de  todos los que intervinieron: del Dr. Olivera García por aconsejar un  delito,  del Ministro de  Economía, del o los redactores  de  la ley y  de  todos  los  diputados  y  senadores  que  votaron  la ley.

Sabemos que  este viejo truco,  propio  de aquellos viejos  procuradores de mate amargo y  tabaco negro,  no  de un “grado  5”,  fracasó;  pero lo que  no  fracasó  es el ejemplo  de  trapacería  y  deslealtad que con este  truco  de tahúr se  inculca a todo nuestro  pueblo.

En adelante todos los que  oculten sus bienes para  defraudar a sus  acreedores, que fueron y  serán legión,  podrán  decir: ”El  gobierno  también  hizo  esto”.

Por  eso,  esta ley,  además  de antijurídica,  inmoral y  torpe,  es  desmoralizadora. Ahora  valen las  trampas.  No  hay que  afrontar con coraje las  circunstancias;  hay que zafar, hay que  eludir las  responsabilidades.

Es como  la droga: no  se trata de  superarse a uno mismo,  sino  de  fumarse un porro para un buen “viaje”.  Ganar sin esfuerzo.  La  funesta e inviable”viveza  criolla”. PLUNA  es la  primera y  más pública  “fumata” de marihuana  de nuestra  historia.

¿Qué  debió  haberse  hecho? Dejar actuar a la Juez y  al  síndico del  concurso.   Las  deudas se  pagan con lo que se tiene, proporcionalmente  a todos los  acreedores, en “moneda  de  quiebra”.  Y  si llegan demandas del  exterior,  por la  asociación  PLUNA VARIG, hacer frente también y responsabilizar a los  administradores locales que fueron  imprudentes y  dejaron que  PLUNA se  contaminara de  VARIG.. Y si llegan  sentencias  adversas, cumplirlas; y, por favor, no calificarlas  de  “amenazas”, que es un delito.

Esta  insolvencia  fraudulenta,  y no  el  carnaval  subsidiario  de “Cosmo”,  con Hernán Calvo Sánchez, el  aval,  la  intimación  en España,  es el  verdadero  y más  grave delito cometido y que hasta  ahora no ha  merecido la  atención del Juzgado  de  Crimen  Organizado.

Con lo del  remate frustrado   se está  haciendo un  alboroto  inverosímil: es  por una  seña  que  un  mejor  postor  perdió.  Es  perder de ganar para Uruguay: dentro de los  millones de la intentada estafa por  ley  (U$S  130.000.000.oo)   es  poco  o nada.